Una de las principales responsabilidades de quienes son
elegidos(as) para legislar es crear o
modificar leyes que respondan a la realidad social y sentar así las bases para
un sistema jurídico justo e igualitario.
Legislar con esa perspectiva dará como resultado reconocer
las capacidades y responsabilidades para mujeres y hombres por igual,
erradicando las desigualdades de género existentes en nuestra sociedad,
resultado de esquemas culturales, religiosos y sociales que han permeado a
través del tiempo.
La lucha de las mujeres por el respeto de sus derechos ha
hecho posible la promulgación de legislaciones como la Ley General para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres, de 2006, y la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida libre de Violencia para garantizar el respeto a salvaguardar
su integridad física, emocional y social.
La violencia es uno de los fenómenos sociales más agudos que
padecen millones de mujeres en todo el mundo, por lo que la lucha por
erradicarla se ha convertido en uno de los objetivos más anhelados.
Como respuesta, los gobiernos de la mayoría de los países se
han comprometido, a través de diversos instrumentos jurídicos internacionales,
a impulsar programas y políticas públicas dirigidas a prevenir, atender y
sancionar la violencia hacia las mujeres.
La Convención Interamericana para la Prevención, Sanción y
Erradicación de la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) es una
de las más importantes en su tipo y ha vinculado a los países miembros de la
Organización de Estados Americanos (OEA), de la que nuestro país es
miembro, que la han ratificado o se han
adherido a ella.
En México, el decreto de promulgación de esta Convención se
publicó en el Diario Oficial el 19 de enero de 1999, luego de poco más de dos
años de procesos legislativos para su entrada en vigor y se han impulsado
cambios en la legislación y las políticas públicas que han dado como
resultado que en las entidades federativas se cuente con leyes
para la prevención y atención de la violencia familiar y se tipifique esta problemática
como delito autónomo en sus códigos penales.
La creación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia obedece a la necesidad de contar con un instrumento
jurídico que contenga las disposiciones y condiciones legales para brindar
seguridad a todas las mujeres del país y establece los lineamientos jurídicos y
administrativos con los cuales el Estado intervendrá en todos los niveles de
gobierno para garantizar y proteger los derechos de las mujeres a una vida
libre de violencia.
Entre las instancias garantes del cumplimiento de estos
instrumentos jurídicos de protección se encuentra el Instituto Nacional de las
Mujeres, así como la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados,
cuya labor ha cosechado frutos aunque no con la celeridad que se desearía, pero
es gracias a sus integrantes, hombres y mujeres, que se han dado pasos
importantes para alcanzar la igualdad.
Fuente: SUMA DF