Respuesta a las recomendaciones realizadas por Amnistía Internacional


1. Investigar las razones por las cuales los índices de denuncia, procesamiento y condena por actos de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar son tan reducidas y publicar sus resultados, y tomar medidas concretas para abordar los obstáculos y defectos detectados por dichas investigaciones.

De acuerdo a los resultados arrojados en la Encuesta de Salud y Derechos de las Mujeres Indígenas ENSADEMI 2008, elaborada por el Instituto Nacional de Salud Pública, en su capítulo 8 de Violencia conyugal y búsqueda de apoyo por las autoridades, desarrollado en las regiones de Chinanteca, Huasteca, Mazahua-otomí, Zongolica, Altos de Chiapas, Istmo, Costa y Sierra Sur de Oaxaca, señala que el miedo es la principal razón por la que mujeres que han sufrido alguna forma de violencia de su pareja actual no la denunciaron (28.99%), seguido por la vergüenza (17.98%), la idea de que el maltrato recibido no amerita efectuar una denuncia (17.72%), el desconocimiento de que el maltrato se puede denunciar (7.74%), y el hecho de que la entrevistada no quiso denunciar a su marido (6.65%). Una parte de las encuestadas no denunció porque se reconcilió con su pareja, hubo intervención de terceros o ella lo perdonó.

Asimismo, señala que el acceso a la justicia sigue siendo difícil para las mujeres, como lo atestigua el hecho de que 2 de cada 3 mujeres que declararon sufrir alguna forma de violencia conyugal no hayan recurrido a alguna instancia de procuración e impartición de justicia, en su mayoría por temor, vergüenza o porque no sabían que podían hacerlo. También es preocupante que las entrevistadas refieran que cuando se atreven a acudir a las autoridades, éstas no siempre les son favorables. Por el contrario, es frecuente que les nieguen la atención, les respondan que ellas deben arreglar sus asuntos personales o no intervengan porque consideran que no se trata de un problema importante.

La realización y publicación de la ENSADEMI se suma a las estrategias nacionales para dar respuesta a los compromisos adquiridos por el Estado Mexicano en el ámbito nacional e internacional, específicamente a la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Violencia contra las Mujeres (Belém do Pará), la Ley General para Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ésta última establece la obligatoriedad de realizar investigaciones y diagnósticos sobre violencia contra las mujeres, asimismo, el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (2008-2012), establece en sus líneas de acción el desarrollo de investigaciones y encuestas que aporten conocimientos sobre los factores detonantes de la violencia de género.

Sin duda esfuerzos como éste nos permitirán no sólo conocer mejor las múltiples facetas de este complejísimo problema social, sino responder más apropiadamente a los enormes retos que nos presenta y responsabilizar a los órganos de seguridad pública, de procuración y administración de justicia, para que proporcionen las bases mínimas para el diseño de acciones encaminadas a prestar una atención integral a las víctimas.

Por otra parte, la Comisión Especial para Conocer las Políticas y la Procuración de Justicia Vinculada a los Feminicidios en el País de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, realizó un Análisis Jurimétrico prospectivo del impacto de las políticas públicas en materia de protección a los derechos humanos de las mujeres, en el cual se analizan los criterios que aplican por parte de las Procuradurías Generales de Justicia y los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas de Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Estado de México, Morelos y Querétaro y conocer la consistencia, coherencia y homogeneidad en las decisiones que se aplican en materia de protección a los derechos humanos de las mujeres; encontrándose en dicha investigación las siguientes debilidades para su acceso a la justicia:

· La omisión de los órganos jurisdicciones en su mayoría de imponer en la práctica, medidas de protección tendientes a salvaguardar los derechos e intereses de las mujeres víctimas.

· Se propicia la conciliación entre el indiciado y la ofendida buscando proteger los lazos matrimoniales y familiares.

· Carencia de espacios privados donde se atiendan a víctimas de delitos de violencia familiar o de otros delitos, cámaras Gassel, manuales, protocolos, lineamientos o modelos de atención e intervención, que permitan una adecuada e eficiente atención a las mujeres víctimas de violencia.

· Sobrecargas de trabajo y deficiente preparación de los Defensores de Oficio.
· La mayoría de las debilidades en los funcionarios del fuero común es la falta de capacitación en: Perspectiva de género y conocimiento de los Tratados Internacionales, concretamente CEDAW y Belém Do Pará.

· La ausencia de los recursos materiales y humanos para efecto de dotar de asistencia psicológica al personal de los juzgados, que lo requieren derivado de su quehacer público.

· Inaplicabilidad de los tratados internaciones de los derechos humanos para garantizar la protección de los derechos Humanos de las mujeres, a cargo de los órganos jurisdiccionales.

· El incumplimiento a las obligaciones contraídas en CEDAW y Belem Do Pará a cargo del Poder Judicial, respecto a garantizar el seguimiento y compilación de información para las estadísticas y demás pertinentes sobre las causas, consecuencias y frecuencia de violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y de formular y aplicar los cambios que sean necesarios.

En razón de lo anterior, el Estado Mexicano ha emprendido diversas acciones de coordinación institucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres a través de políticas, programas y acciones para su erradicación.

2. Mantener un registro obligatorio de las denuncias de violencia doméstica.

En el marco de las acciones de cumplimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Secretaría de Seguridad Pública integró el 3 de abril de 2008, el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), con el objeto general de proporcionar información procesada de las instancias involucradas (integrantes del Sistema Nacional) en la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género, con el fin de instrumentar políticas públicas desde la perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres, además de:

· Integrar, procesar y mantener actualizada la información a través de metodologías, instrumentos estandarizados y políticas de operación para el intercambio de información entre las instancias involucradas.

· Crear expedientes electrónicos únicos para cada mujer en situación de violencia de género, conforme al eje conceptual de ventanilla única, a fin de evitar su revictimización.

· Salvaguardar la información personal recopilada por las instancias involucradas en la atención, prevención, sanción y erradicación de la violencia de género para garantizar la integridad y seguridad de las mujeres y de las personas que las atienden.

· Generar estadísticas y diagnósticos de violencia que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de este fenómeno, con la finalidad de detectar áreas geográficas y ámbitos de la sociedad que impliquen riesgo para las mujeres así como las necesidades de servicios para su atención.

· Identificar situaciones que requieran medidas gubernamentales de urgente aplicación en función de los intereses superiores de las mujeres en situación de violencia incluyendo las alertas de género.

· Generar un registro de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas, para realizar las acciones de política criminal que correspondan y faciliten el intercambio de información entre las instancias.

· Garantizar la operación del Banco Nacional de Datos conforme a la normatividad existente en la materia.

Desde octubre de 2008 a diciembre de 2009, se han capacitado a 361 personas en las 32 entidades federativas, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para determinar e integrar la información del Banco Nacional, se asignaron 10 claves de acceso definitivas a los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Puebla, Tamaulipas y Tlaxcala, con el objeto de implementar la fase de Atención, del Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres, la cual consta de: a) recepción, y b) ventanilla única; mismas que recabarán los siguientes datos: búsqueda por víctima, datos generales de la víctima, búsqueda por folio, información básica del caso, reporte por casos, casos ingresados por Institución y reportes estadísticos sencillos.

3. Eliminar el requisito de que las mujeres deben presentar pruebas de lesiones físicas graves, proporcionar dos testigos y entregar las citaciones al maltratador.

El Instituto Nacional de las Mujeres ha venido impulsando en las Entidades Federativas la modificación de las leyes sustantivas y procesales en materia penal y civil para eliminar el requisito de que las mujeres deben presentar pruebas de lesiones físicas graves, proporcionar dos testigos y entregar las citaciones al agresor, así como impulsar la adecuada tipificación y sanción del delito de violencia familiar, tal como se establece en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Con pleno respeto a lo establecido en el art. 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que menciona que los Estados integrantes de la República Mexicana son libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, situación por la cual, principalmente, el impulso y modificación a estas leyes sustantivas y procesales, es responsabilidad de los Congresos y Ejecutivos Estatales.

4. Financiar y ejecutar programas de formación de policía, agentes del Ministerio Público, profesionales del derecho, jueces peritos y personal médico y establecer procedimientos estándar que tengan en cuenta la perspectiva de género a la hora de identificar los caso de violencia contra las mujeres en la familia.

Uno de los esfuerzos del Estado Mexicano a través del Instituto Nacional de las Mujeres, para atender el problema de la violencia contra las mujeres, fue la creación del Fondo de Apoyo a los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en las Entidades Federativas para la Atención Integral de las Mujeres Víctimas de Violencia de Género 2008, a través del cual se realizaron acciones para la formación a policías, Agentes del Ministerio Público, profesionales del derecho, jueces peritos y personal médico con perspectiva de género.

Por otro lado, el Instituto Nacional de las Mujeres realizó los contenidos del Folleto “Mujeres y niñas, seguras en la comunidad. Las instancias policiales trabajan en tu seguridad”, el cual se suma a las acciones que llevan a cabo las autoridades de la Secretaría de Seguridad Pública para dar cumplimiento a la Ley e intervenir de manera inmediata y eficaz para la protección de las mujeres y las niñas en una situación de violencia de género.

Para garantizar el acceso de las mujeres a la justicia y la seguridad, el INMUJERES ha impulsado en el ámbito de la Administración Pública Federal, diversas estrategias y acciones para el diseño y ejecución de políticas públicas que incidan en la prevención del delito y reducción de la impunidad en los delitos cometidos en contra de las mujeres; de manera particular los esfuerzos se han enfocado en aquellas instituciones vinculadas a la seguridad pública, procuración y administración de justicia.

Incorporar en el quehacer institucional de estas dependencias la perspectiva de género, permitió que durante el 2009 la Secretaría de Seguridad Pública federal capacitara a 15,073 Policías Federales y 8,437 Policías Municipales en derechos humanos de las mujeres, género y prevención de la delincuencia, entre otros temas, e implementara en la dependencia el Programa de Equidad de Género, que contempla como parte de su estrategia de trabajo, talleres de formación de multiplicadores y pláticas de sensibilización en el tema, contando en todo momento con la participación de la sociedad civil. Con el desarrollo de estas acciones, se contribuye a promover entre los cuerpos policiacos la protección y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres, como un competente fundamental de su trabajo, se consolida la cultura de prevención de cualquier tipo de discriminación y violencia por motivada por razones de género y a desarrollar mecanismos de intervención, en el ámbito policial, que contribuyan a garantizar la seguridad de las mujeres y el acceso a una vida libre de violencia, entre otros temas.

Los Centros de Formación Policial de esta Secretaría han jugado un importante papel en la formación y sensibilización del personal policíaco en estos temas. En 2009, 1330 policías participaron en el taller “Perspectiva de Género en el Modelo de Actuación Policial”, a través del cual se aportan herramientas para una adecuada intervención en casos de violencia contra las mujeres, a través de un enfoque de derechos. De igual manera, mediante 96 talleres de “Prevención de la Violencia Familiar y de Género”, que se impartió en 25 Estados y el Distrito Federal y al que asistieron 14,551 personas, se reforzó la capacitación en este tema, que acompañado del Protocolo de actuación policial en materia de violencia de género, para los cuerpos de seguridad del país, permitirá a éstos actuar bajo estándares de protección y defensa de los derechos humanos las mujeres, prevenir conductas antisociales en contra de las mujeres.

A esta estrategia se suman las implementadas en la Procuraduría General de la República (PGR), entre las que destaca la creación, en enero de 2008, de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), como área de alta especialización en la atención de estos delitos, la capacitación y profesionalización de agentes del Ministerio Público Federal, Agentes Federales de Investigación y personal de servicios periciales en derechos humanos y género y la promoción de capacitación en todas las entidades federativas dirigidas a la población sobre prevención del delito, en colaboración con asociaciones civiles, asociaciones empresariales, centros de trabajo y autoridades estatales y municipales.

Como parte de su programa de formación, en 2009 la FEVIMTRA diseñó e implementó diversas estrategias de capacitación a servidores públicos a través de un diplomado, dos seminarios-taller y un taller de sensibilización, acciones que también han incidido al interior de estructura de la PGR. Entre ellas está la capacitación sobre el intercambio de experiencias sobre procedimientos legales para la integración de la averiguación previa en materia de trata de personas, con miras al nuevo sistema de justicia penal en México, mediante el cual se consolidaron las capacidades para identificar, sancionar y erradicar la trata de personas.

Actualmente, la Fiscalía desarrolla el Protocolo de Atención Integral a Víctimas de Trata de Personas, a través de un documento de trabajo que establece la ruta crítica que deben seguir los responsables de investigar este delito y los que atienden a sus víctimas o sobrevivientes de trata. A este Protocolo se suma un directorio institucional nacional que cuenta con un archivo electrónico de 2,340 registros de organismos públicos y privados ubicados en las 32 entidades federativas, que brindan apoyos a víctimas de violencia y trata de personas y la línea de atención telefónica FEVIMTRA-PGR, lo que ha permitido establecer las bases para mejorar los servicios especializados a las víctimas de estos delitos.

Las desapariciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez un problema de seguridad pública para lo cual se crea el Fondo de Auxilio Económico para los Familiares de Víctimas de Homicidio de Mujeres en Ciudad Juárez, el cual tiene bajo responsabilidad la Secretaría Técnica del Consejo Asesor de Aplicación del Fondo de Auxilio Económico para los Familiares de Víctimas de Homicidio de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, que se formó a instancias de la PGR con aportaciones económicas federales y en menor medida del Estado de Chihuahua.

Durante 2008, la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, continuó trabajando en esa ciudad fronteriza con el objeto de atender de manera directa a las mujeres en situación de violencia y de los familiares de mujeres víctimas de homicidio o desaparición, a través de las siguientes acciones:

a) Programas en áreas como la atención y asesoría legal, atención y gestión socialadministrativa, desarrollo de proyectos productivos, gestión médica y psicológica, y educación y vivienda, habiendo proporcionado, en el período que se informa, un total de 1366 atenciones.

b) Se llevó a cabo un programa de atención y asesoría legal en beneficio de los familiares y mujeres en situación de violencia, el cual incluía, la atención de la totalidad de los familiares de mujeres víctimas de homicidio que fueron ubicadas por instituciones públicas de procuración de justicia y notificadas a la CPEVMCJ, así como la de aquellas mujeres en situación de violencia que se presentaron en las oficinas, con un total de 467 acciones de atención.

c) Mediante el Programa de atención médica y psicológica, se atendió las necesidades de los familiares de mujeres víctimas de homicidio y de mujeres víctimas de violencia, con el cual facilita el acceso a los servicios que brindan tanto instituciones públicas como privadas; llevándose a cabo 161 acciones de apoyo médico y/o psicológico.

d) La atención de las mujeres víctimas de violencia y de los familiares de mujeres víctimas de homicidio o desaparición incluyó el apoyo en materia de educación y vivienda, otorgándose un total de 85 apoyos.

e) Elaboración del Protocolo para la Atención de las Mujeres en Situación de Violencia, el cual fue llevado a cabo conjuntamente con el Ayuntamiento de Juárez, a través de la Dirección Municipal de Oficialía Jurídica y Barandilla, y el Centro de Prevención y Atención a Mujeres y Familias en Situación de Violencia (MUSIVI).

f) El Programa Integral de Seguridad Pública puesto en marcha desde julio de 2003, el cual dio origen a la creación del Protocolo de Atención, Reacción y Coordinación entre Autoridades Federales, Estatales y Municipales en caso de Extravío de Mujeres y Niñas en Ciudad Juárez, Protocolo Alba, mismo que quedó formalmente establecido en el mes de octubre del mismo año. Su objetivo, además de establecer procedimientos de coordinación y reacción entre las autoridades de los tres niveles de gobierno en los casos de extravío de mujeres y niñas en Cd. Juárez, Chihuahua, es establecer una vigilancia extraordinaria, sobre la ya existente, en las zonas de alto riesgo para mujeres, en donde incluso se han realizado hallazgos de restos de mujeres víctimas de homicidio. Principales logros:

· La elaboración de una ruta critica de actuación de las autoridades participantes en los casos de activación del Protocolo Alba.

· La elaboración del padrón de clínicas y hospitales de Ciudad Juárez, el Valle de Juárez y Villa Ahumada del Estado de Chihuahua, con el objeto ser utilizado en caso de la activación del Protocolo Alba.

· Cientos de acciones realizadas en forma coordinada por las nueve instituciones que formamos parte del Protocolo, en la búsqueda y localización de niñas y mujeres extraviadas o desaparecidas.

g) Permanentemente se trabajó en la actualización de un documento-archivo denominado Registro de Mujeres Víctimas de Homicidio en el Municipio de Juárez, que conjunta los homicidios dolosos de mujeres ocurridos en esta ciudad desde el año de 1993 a la presente fecha, y complementariamente, se trabaja en la actualización permanente de la relación documentada de casos de homicidios dolosos de mujeres con sentencias condenatorias dictadas en contra de los responsables por el Poder Judicial del Estado, o en su caso, las sanciones impuestas por el Tribunal para Menores de la localidad en los casos de delitos de homicidio contra mujeres cometidos por menores de edad.

En junio de 2009, se creó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, como órgano administrativo desconcentrado de la SEGOB, la cual asume las obligaciones y compromisos institucionales ya establecidos por la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez. Asimismo, para establecer acciones para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en aras de propiciar una política integral de generación de espacios seguros, que permita a las mujeres de todas las edades transitar, estudiar, trabajar y gozar de sano esparcimiento, sin riesgos a su seguridad.

En lo que se refiere al Poder Judicial de la Federación, en mayo de 2008, el Inmujeres promovió la aplicación de un instrumento para indagar el conocimiento y aplicación que hacen las Magistradas y Juezas de las leyes y tratados internacionales en sus resoluciones judiciales.

A partir de esos resultados, se consolida la coordinación institucional del INMUJERES en la administración e impartición de justicia con Perspectiva de Género a través de procesos de sensibilización, capacitación y profesionalización. En los años 2008 y 2009, se llevaron a cabo diversos Encuentros Regionales dirigidos a Secretarias y Secretarios de Tribunales de Circuito y de Juzgados de Distrito, Defensoras y Defensores Públicos Federales, Juezas, Jueces de Distrito, Magistradas y Magistrados de Circuito de todo el país, cuyo objetivo fue ofrecer a las y los operadores de justicia los principales elementos de los instrumentos internacionales de derechos humanos de las mujeres que permitan comprender la obligatoriedad y utilidad de su aplicación en las resoluciones judiciales.

Asimismo, en 2009, de manera coordinada con la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal se sensibilizó y capacitó a Secretarias, Secretarios de Juzgados y Tribunales, Secretarias, Secretarios de Estudio y Cuenta, Juezas, Jueces, Magistradas y Magistrados del Poder Judicial de la Federación, a través de talleres, cursos y seminarios con el propósito de analizar los tema de igualdad, género, perspectiva de género, acceso a la justicia de las mujeres y órdenes de protección, a partir de los instrumentos internacionales de derechos humanos, políticos, económicos y sociales, así como de las convenciones internacionales de los derechos de las mujeres, desde una perspectiva multidisciplinaria del derecho, lo que les ha permitido juzgar con perspectiva de género.

De igual forma, con el propósito de profesionalizar a las y los operadores de justicia, en 2009, el Consejo de la Judicatura Federal en coordinación con la Universidad Nacional Autónoma de México, inició la Maestría en Impartición de Justicia, Derechos Humanos y Género, que les permita aplicar los conocimientos y herramientas aprendidas en su quehacer judicial, además de participar de manera activa en las acciones en materia de género dentro del Poder Judicial de la Federación.

Como resultado de la aplicación de Convenciones Internacionales Convención Belém Do Pará, CEDAW en la dictaminación de resoluciones judiciales por parte del Poder Judicial de la Federación, se crea el proyecto “Análisis Jurimétrico prospectivo del impacto de las políticas públicas en materia de protección a los Derechos Humanos de las Mujeres”. El objetivo es analizar elementos contenidos en las sentencias para identificar jurisprudencia no discriminatoria y así como determinar la eliminación de elementos sexistas y aspectos discriminatorios, al 2009 se cuenta con más de 360 sentencias revisadas, clasificadas y analizadas de una perspectiva de género y enfoque de los derechos humanos.

En 2009, con el objetivo de contar con una herramienta de consulta y fuente de información en temas de género y justicia, el Poder Judicial de la Federación lanzó un Micrositio de su Programa de Equidad de Género Institucional www.equidad.scjn.gob.mx, el cual es un medio de transparencia que permite a la sociedad civil estar al tanto de las actividades realizadas por el Poder Judicial de la Federación en materia de género.

Revisar los procedimientos de conciliación para garantizar que las mujeres no se ven sometidas a un peligro mayor ni son presionadas para que retiren las denuncias penales.

En México, de conformidad con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia regulada en nuestro País, en su Título II, correspondiente a las modalidades de la violencia, Capítulo I, artículo 7° de la violencia en el ámbito familiar, queda prohibido el establecer procedimientos de mediación o conciliación, por ser inviables en una relación de sometimiento entre el agresor y la víctima.

6. Financiar y ampliar la cobertura de refugios temporales para las sobrevivientes de violencia en el ámbito familiar y desarrollar medidas efectivas de respuesta urgentes a las denuncias de casos de violencia contra las mujeres o de desapariciones de mujeres.

Atendiendo una recomendación del Comité de Expertas en Violencia del MESECVI, en el sentido de tomar medidas de carácter especial para mujeres víctimas de violencia, la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas ha puesto en marcha un “Refugio especializado en atención integral y protección a víctimas de trata personas”. Por otro lado, el Inmujeres apoya los refugios porque son la alternativa para preservar la integridad física de las mujeres y sus hijas e hijos, para su funcionamiento, se vincula con la Red Nacional de Refugios (RNR), organización de la sociedad civil, a través de celebrar un convenio específico de colaboración para realizar un clasificador de las variables del sistema de información estadística de los casos atendidos en los refugios para mujeres sus hijos e hijas en situación de violencia, los lineamientos éticos para el manejo de datos de las víctimas (mujeres, niños y niñas) y del agresor (hombre maltratador) y un manual para la operación de éste.

El sistema de información de la RNR, se articulará al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, herramienta tecnológica establecida en la LGAMVLV para llevar un registro nacional de los casos de violencia, conocer los datos de estos y obtener información que contribuya al diseño de programas que garantice la atención integral a las víctimas de violencia.

Se está elaborando la propuesta del Modelo de Atención para Refugios, con la intención de ofrecer un marco de referencia para el diseño, implementación, evaluación y seguimiento de la atención brindada en los refugios para mujeres, sus hijos e hijas en situación de violencia.

En materia de profesionalización, con el objeto de conocer las buenas prácticas nacionales e internacionales de modelos y estrategias de protección, prevención y atención de la violencia contra las mujeres para que las y los asistentes, adquieran conocimientos y herramientas de utilidad para su desempeño profesional.se realizó el Segundo Encuentro Interamericano de Refugios y Especialistas en Violencia contra las mujeres, en la Ciudad de México. El evento estuvo organizado por el Instituto Nacional de las Mujeres, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Red Nacional de Refugios.

Igualmente, se busca fortalecer la Red Interamericana de Refugios y avanzar en la propuesta, diseño y ejecución de políticas públicas que respondan a las necesidades de atención de las mujeres víctimas de violencia.

El Encuentro tuvo una duración de 24 horas y asistieron aproximadamente 230 personas. En total participaron representantes de 16 países, más de 60 ponentes distribuidas (os) en 20 paneles y talleres simultáneos durante dos días de actividades.

Durante el año 2009, se realizó un Currículo Instruccional cuyo objetivo fue desarrollar un diplomado de profesionalización para la plantilla laboral de los refugios, basado en competencias y necesidades identificadas en el análisis ocupacional y funcional de dichos centros y del personal que en ellos laboran su implementación se llevará a cabo durante el año 2010.

Derivado del artículo 15 del Reglamento de la LGAMVLV para garantizar el acceso a un servicio de atención integral tanto para las mujeres como para los agresores, tendientes a disminuir el impacto de la violencia, el Inmujeres convocó al Encuentro Nacional de Especialistas: Experiencia en la Reeducación de Hombres Agresores el día 27 de marzo de 2009; en el que se dio a conocer los resultados del Diagnóstico de los modelos de intervención con hombres agresores, que generó un espacio de análisis y planteamientos que fortalezcan al desarrollo de los modelos de intervención con hombres agresores apegados a los contenidos de la LGAMVLV.

7. Informar a las mujeres de sus derechos y proporcionar instrucciones claras sobre cómo obtener órdenes de alejamiento y una protección efectiva.

El Instituto Nacional de las Mujeres trabaja durante el año 2010 en la elaboración de un protocolo para la adecuada aplicación de las órdenes de protección en los términos de la Ley General de Acceso a la Justicia de Mujeres Víctimas de Violencia Familiar.

Asimismo, se contempla capacitar a las y los funcionarios públicos estatales encargadas de la procuración de justicia para la adecuada aplicación de los derechos humanos de las mujeres y la perspectiva de género en las averiguaciones previas.

De igual forma, se promueve brindar capacitación a las 32 Instancias Estatales de la Mujer para la vinculación con sus gobiernos estatales para la adecuada aplicación de las órdenes de protección.

8. Asegurarse de que las mujeres que han sufrido violencia en la familia reciben asistencia letrada e información sobre posprogresos de los procedimientos judiciales.

De conformidad con el artículo 40 de nuestra Carta Magna, los estados de la federación gozan de autonomía en las modalidades constitucional, democrática, legislativa, ejecutiva y judicial, lo que les permite organizarse y desarrollarse internamente en dichos aspectos, sin contravenir los lineamientos que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En ese sentido los gobiernos de las 32 Entidades Federativas han constituido diversos organismos e instituciones de servicios de asesoría y defensa pública, con el propósito de brindar defensa jurídica obligatoria y gratuita a mujeres víctimas de violencia familiar en sus procesos ministeriales y judiciales.

9. Establecer mecanismos de evaluación y sanción para evaluar la aplicación de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Al cumplirse el tercer aniversario2 de la promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, rendirá un informe que permita evaluar la aplicación de la Ley en comento.

Para concluir, en materia de información estadística relacionada con la violencia contra las mujeres, el Instituto Nacional de las Mujeres está incorporando las investigaciones promovidas por las dependencias de la Administración Pública Federal, para dar cumplimiento al artículo 48 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece la obligación de Integrar las investigaciones promovidas por las dependencias de la Administración Pública Federal sobre las causas, características y consecuencias de la violencia en contra de las mujeres, así como la evaluación de las medidas de prevención, atención y erradicación, y la información derivada de cada una de las instituciones encargadas de promover los derechos humanos de las mujeres en las entidades federativas o municipios.

Asimismo, el Instituto Nacional de las Mujeres desarrolló un Sistema de Indicadores de Género, cuyo objetivo es integrar y mejorar los sistemas de información y difusión en una base de datos.

Fuente: INMUJERES